BASES LEGALES DE LA ENCUESTA:

PUEBLOS MÁGICOS DE ESPAÑA REGIONALES 2025

I. OBJETO DE LA ENCUESTA
La Asociación Pueblos Mágicos de España (en adelante, el “Organizador”), con sede en Camino de Ronda 189, 3f, 18003, Granada, España, tiene como objetivo promover y poner en valor los encantos de los pueblos que conforman el territorio español. Con esta finalidad, el Organizador lanza la encuesta “Pueblos Mágicos de España regionales 2025” (en adelante, la “Encuesta”), con el propósito de que los ciudadanos españoles elijan el pueblo mágico de su comunidad autónoma o zona.

II. ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL DE LA ENCUESTA
2.1 Ámbito Territorial:
La Encuesta está dirigida a todos los usuarios mayores de 18 años y residentes en España.
2.2 Ámbito Temporal:
La Encuesta comenzará el 7 de octubre de 2024 a las 00:01 horas y finalizará el 17 de noviembre de 2024 a las 23:59 horas (en adelante, el “PERIODO DE ENCUESTA”).

III. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA ENCUESTA
3.1 Requisitos Generales:
La participación en la Encuesta es de carácter gratuito y está dirigida a personas mayores de 18 años residentes en España.
3.2 Descalificaciones:
El Organizador se reserva el derecho a descalificar a cualquier participante que manipule los procedimientos de votación o viole cualquiera de las bases aquí contenidas. Asimismo, el Organizador podrá solicitar a los participantes la documentación necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos de participación. La falta de aportación de dicha documentación podrá resultar en la descalificación del participante.
3.3 Exclusiones:
Quedan excluidos de esta Encuesta los miembros de la Asociación Pueblos Mágicos de España, así como sus familiares directos.
3.4 Fraude:
El Organizador descartará aquellas participaciones que considere abusivas o fraudulentas. Se considerará fraude, entre otros, el uso de aplicaciones independientes al sitio de la Encuesta o el abuso de consultas al servidor. La constatación de cualquiera de estas circunstancias resultará en la descalificación automática.

IV. MECÁNICA DE LA ENCUESTA
4.1 Votaciones:
Los usuarios podrán participar votando a su pueblo favorito en cada una de las 10 categorías correspondientes a las comunidades autónomas o zonas de España. Se permitirá un máximo de tres (3) votos diarios por usuario, distribuidos en las distintas categorías.
4.2 Participación:
Para participar, los usuarios deberán acceder a la página oficial de Pueblos Mágicos de España y completar el formulario de votación de cualquiera de las 10 categorías, con sus datos personales (nombre, apellidos, correo electrónico). La participación en la Encuesta implica la aceptación íntegra de las presentes bases, apuntándose de forma directa a la newsletter de Pueblos Mágicos de España.
Pueblos Mágicos de España con todos los usuarios inscritos en los formularios de votación, hará un sorteo para disfrutar de una escapada mágica de 3 días, constando esta escapada de hotel o alojamiento, comida y cena en restaurantes seleccionados por Pueblos Mágicos de España, no estará incluido transporte.

V. RESULTADOS Y PREMIOS
5.1 Selección de Ganadores:
El pueblo que obtenga el mayor número de votos en cada una de las 10 categorías será nombrado “Pueblo Mágico de la Comunidad Autónoma o Zona en cuestión 2025” y se le entregará un trofeo mágico durante la Feria Internacional de Turismo (FITUR) 2025.
5.2 Publicación de Resultados:
Los resultados de la Encuesta se darán a conocer el 30 de noviembre de 2024 en la web oficial de Pueblos Mágicos de España y a través de sus canales de comunicación recurrentes: Revista Viajar y Revista HOLA en su versión digital.
En cuanto al sorteo de la escapada mágica, se hará público en RRSS oficiales de Pueblos Mágicos de España, así como se contactará con el agraciado por su email, ante la no respuesta tras 7 días, el sorteo quedará desierto.

VI. ENTREGA DE PREMIOS
6.1 Entrega del Trofeo:
El trofeo será entregado en la Feria Internacional de Turismo (FITUR) 2025, en un evento especial organizado por la Asociación Pueblos Mágicos de España en el propio stand de la iniciativa.

VII. DISPOSICIONES GENERALES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
7.1 Modificaciones:
El Organizador se reserva el derecho a modificar las presentes bases si las circunstancias lo exigen, sin perjuicio de los derechos adquiridos por los participantes.
7.2 Responsabilidad:
El Organizador no se hace responsable de las incidencias que puedan surgir durante el proceso de votación o entrega del trofeo, salvo aquellas imputables directamente a su gestión.

VIII. PROTECCIÓN DE DATOS
8.1 Tratamiento de Datos:
Los datos personales recogidos durante la Encuesta serán tratados conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos y serán utilizados exclusivamente para la gestión de la misma.

IX. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
9.1 Aceptación:
La participación en la Encuesta implica la aceptación íntegra de las presentes bases.

X. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
10.1 Jurisdicción:
Estas bases se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes de España. En caso de controversia, las partes se someterán a los juzgados y tribunales de la ciudad de Granada.

XI. RÉGIMEN FISCAL
11.1 Imposiciones Fiscales:
El trofeo otorgado a los pueblos ganadores no estará sujeto a retenciones fiscales, ya que no se considera un premio en metálico ni tiene un valor económico que deba ser declarado.

XII. ELEMENTOS DE PUBLICIDAD
12.1 Difusión de la Encuesta:
La Encuesta será comunicada a través de la página web oficial de Pueblos Mágicos de España, así como en redes sociales oficiales y otros medios publicitarios que el Organizador considere oportunos (como puede ser una revista de orden turístico)
12.2 Uso de los Datos para Promoción:
El Organizador se reserva el derecho a utilizar los datos personales y las imágenes proporcionadas por los participantes con fines promocionales relacionados con la Encuesta, siempre respetando la normativa vigente en materia de protección de datos.

XIII. CONTACTO Y SOPORTE
13.1 Información y Consultas:
Para cualquier duda o consulta sobre la Encuesta, los participantes pueden dirigirse al correo electrónico: marketing@pueblosmagicos.es

XIV. RESPONSABILIDAD Y CONDICIONES FINALES
14.1 Exclusión de Responsabilidad:
El Organizador no será responsable por cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse de la participación en la Encuesta o de la recepción del trofeo por parte de los pueblos ganadores.
14.2 Condiciones Finales:
La participación en la Encuesta supone la aceptación de todas las condiciones y términos recogidos en las presentes bases. Cualquier circunstancia no prevista en estas bases será resuelta por el Organizador conforme a su criterio.
14.3 Modificación de las Bases:
El Organizador se reserva el derecho a modificar, suspender o cancelar la Encuesta en cualquier momento, si fuera necesario por razones de fuerza mayor, sin que ello implique responsabilidad alguna para el Organizador, siempre que no se perjudiquen los derechos adquiridos por los participantes.

XVI LEY APLICABLE
15.1 Ley y Jurisdicción:
Las presentes bases se regirán por la legislación española. Para la resolución de cualquier conflicto que pudiera surgir en relación con la interpretación o aplicación de estas bases, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Granada, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.